LAS FALTAS DEL REGLAMENTO SENA
Las faltas
Se considera falta:
El incumplimiento de cualquiera de los deberes y la realización de cualquiera de las realizaciones establecidas en el presente reglamento
Se clasifican en académicas y disciplinarias:
· falta académica: es la relacionada con su compromiso e incumplimiento a los deberes académicos de su formación profesional.
· falta disciplinaria: esta relacionada con el comportamiento y por naturaleza pueden ser leves o graves.
· falta leve: no atentar contra la integridad física moral, etc.
· Falta grave: el la que atenta la integridad física, el respeto.
Articulo 21: medidas formativas por faltas leves
Las aplicaciones formativas por faltas leves serán impuestas por los docentes y coordinadores académicos que consta de:
· Llamada de atención verbal en privado
· Llamada de atención por escrito
· Incumplir constituye falta grave y conlleva a sanciones pertinentes
Articulo22: medidas formativas por faltas graves
Son analizadas por el comité de evaluación y seguimiento de la siguiente manera:
Buscar logros para el mejoramiento con apoyo de docentes
Condicionamiento de la matricula comunicada por escrito
Cancelación de la matricula
Artículo 23: del derecho de aclaración
El alumno tiene derecho a ser escuchado frente al hecho imputado. Si el alumno es sancionado pierde los apoyos que la institución le brinda
Articulo24: actos académicos
Se debe dar a los alumnos por escrito y deberá ser firmada por el docente y afectado
Artículo 25: estructura y funciones del comité de evaluación y seguimiento los cuales existen en todos los centros de formación sena constituidos por:
· Coordinador académico
· Docentes
· Promotores
· psicólogos
· capellán
· trabajador social
· representante de los alumnos
Sus funciones es analizar el rendimiento académico de los alumnos
Artículo 26: asistencia a las acciones de formación
· el cumplimiento de horario establecido
· cumplimiento presencial en la institución o empresa
· el no cumplimiento traerá consecuencias
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